
La Justicia declaró inválido el veto a la Ley de Emergencia en Discapacidad
El Juzgado Federal de Campana benefició a dos personas en una causa de amparo. Si bien no es una medida general, sienta un precedente contra el decreto.
Lo hizo luego de la "acción declarativa de certeza" presentada por el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, con el patrocinio como abogados del exministro de la Corte Raúl Zaffaroni y de Raúl Ferreyra. Mientras tanto, acumulan pedidos de amparo en la justicia en lo Contencioso Administrativo federal para impedir la aplicación de la norma.
Judicial29 de diciembre de 2023Sigue.
La Corte Suprema de Justicia aceptó intervenir ante una presentación del Gobierno de La Rioja contra el DNU firmado por el presidente Javier Milei, aunque tratará el caso después de la feria judicial de enero, mientras se acumulan pedidos de amparo en la justicia en lo Contencioso Administrativo federal para impedir la aplicación de la norma.
Con la representación del ex miembro del alto tribunal Eugenio Zaffaroni y del constitucionalista miembro de la comisión de notables que asesoró al expresidente Alberto Fernández en el intento de reforma judicial, Raúl Ferreyra, el gobierno de La Rioja le pidió a la Corte que declare la "inconstitucionalidad manifiesta" del DNU y que dicte una medida cautelar que suspenda de inmediato su aplicación.
Pocas horas después de la presentación, con la firma del secretario de Juicios Originarios Alejandro Rodríguez, la Corte aceptó entender en el reclamo, formó incidente de medida cautelar, dio vista al procurador interino Eduardo Casal para que se expida sobre la competencia del tribunal y advirtió que se abocará al caso tras la finalización del receso judicial de enero.
En ese sentido, el catedrático de derechos constitucional sostuvo que "la competencia originaria, la competencia jurisdiccional más importante de Argentina, que es amplia para la discusión federal, se abrió. Ahora, el Estado debe responder a la demanda de inconstitucionalidad".
Mientras el pedido de amparo ingresaba en la Corte, el gobernador de La Rioja Ricardo Quintela, señalaba en su cuenta de la red social X (antes Twitter) que "con la vigencia del DNU 70/2023 se lesiona gravemente el federalismo, la institucionalidad de nuestra república, y se coloca en un estado de vulnerabilidad al conjunto de la sociedad argentina en sus derechos laborales, sociales, económicos y culturales".
"Produce perjuicios irreparables"
El DNU firmado el 21 de diciembre pasado "produce perjuicios irreparables por resultar contrario a los arts. 1, 5, 14, 14 bis, 17, 19, 28, 29, 31, 36, 75, 99, 121 y subsiguientes de la Constitución federal y los artículos 26 y 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH)", enumeraron Zaffaroni y Ferreyra en su presentación.
En paralelo, numerosos magistrados enviaban distintos recursos de amparo contra el DNU al juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 2 a cargo del juez Esteban Furnari, quien tramita un "proceso colectivo".
Furnari concentrará muchos de los recursos que reclaman el dictado de una medida cautelar que suspenda la aplicación del decreto, en virtud de haber habilitado e inscripto la primera de las demandas ingresadas como un "proceso colectivo".
"La Corte aceptó que la Provincia (de La Rioja) es parte. El reconocimiento de esto implica que hay legitimación para discutir constitucionalmente".
"La Corte aceptó que la Provincia (de La Rioja) es parte. El reconocimiento de esto implica que hay legitimación para discutir constitucionalmente", señaló en diálogo con Télam Ferreyra, uno de los firmantes de este pedido presentado ante el máximo tribunal.
Los conflictos entre las provincias, en este caso La Rioja, y el Estado Nacional, son instancias de intervención directa del máximo tribunal, como lo son los litigios entre provincias o con otros Estados.
Esa primera demanda fue presentada por la "Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad", del dirigente y economista Claudio Lozano, en el marco del cual el jueves se negó el dictado de una precautelar porque la norma aún no estaba vigente.
El Juzgado Federal de Campana benefició a dos personas en una causa de amparo. Si bien no es una medida general, sienta un precedente contra el decreto.
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