
Quiso ingresar a la residencia del Padilla con título trucho
Detectaron la presentación de documentación irregular por parte de una persona que intentó ingresar a la residencia de Oftalmología.
El juez aceptó una cautelar solicitada por la APDH y extendió la medida a los afiliados de todo el país.
Información General29 de octubre de 2025
Redacción
La justicia federal de Mendoza restituyó la gratuidad de la totalidad de los medicamentos a los afiliados del PAMI (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados) que habían sido suspendidos en agosto pasado. La resolución se dio con la aceptación de una medida cautelar solicitada por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) a la que le concedió carácter nacional.
El fallo del Juzgado Federal N° 2 de Mendoza, a cargo de Pablo Oscar Quirós, hizo lugar a la medida cautelar y suspendió la aplicación de las resoluciones Nº2431/2024 y Nº2537/2024 dictadas por la Dirección Ejecutiva del INSSJP, que fueron calificadas como “manifiestamente arbitrarias” en la presentación del organismo de DD.HH.
Según explicó la APDH, el fallo restablece en forma “inmediata y urgente” el programa que garantizaba la provisión de medicamentos esenciales al 100% de su costo para jubilados y pensionados, sin necesidad de trámites burocráticos previos.
Para todos los afiliados del país
La presentación realizada por la APDH tuvo un alcance nacional. El Juez Federal, basándose en la doctrina de la Corte Suprema y el artículo 43 de la Constitución Nacional, reconoció la legitimación activa del organismo de derechos humanos como organización con alcance nacional para defender derechos colectivos, y acogió el pedido de los abogados Mabel Sessa y Carlos Vicente, de extender los efectos a la totalidad del país.
Aunque la resolución se emitió en Mendoza, se dispuso su extensión a todo el territorio nacional, beneficiando a la totalidad de afiliados y afiliadas del PAMI. Previamente, el mismo magistrado había resuelto medidas cautelares similares para las jurisdicciones de Mendoza, Córdoba, Tucumán, Salta, Buenos Aires, Entre Ríos y CABA.
El fundamento central del fallo radica en que las resoluciones suspendidas vulneran el derecho humano a la salud, de jerarquía constitucional, especialmente en el caso de las personas mayores, que merecen una «protección especial e integral».
Desde la APDH celebraron la decisión, calificándola como un «paso trascendental para frenar el brutal retroceso en materia de derechos que viene imponiendo las políticas de ajuste del gobierno nacional». En un comunicado, el organismo destacó que el fallo «representa una respuesta clara y contundente del sistema de justicia a medidas gubernamentales que golpean brutalmente a los sectores más vulnerables de la comunidad».
Con este precedente judicial, “se refuerza la idea de que los derechos adquiridos son resultado de conquistas sociales, de la lucha común y la acción colectiva y la movilización, y que cualquier intento de cercenarlos encontrará espacios de resistencia que le habrán de poner un límite efectivo”, cerraron.

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